Los niños enrolados en CHIP, tienen estos beneficios siempre
y cuando estos servicios estén bajo la definición de CHIP de "médicamente
necesarios". Los servicios de salud "Médicamente Necesarios" son:
-
Los Servicios de Cuidados de la Salud que:
-
Son razonables y necesarios para
prevenir enfermedades o padecimientos médicos o para detectar a tiempo
enfermedades, hacer intervenciones y/o tratamientos para padecimientos
médicos que causen sufrimiento o dolor; causen deformaciones en el cuerpo;
limiten alguna función, amenacen con causar o empeorar una discapacidad,
causen una enfermedad o pongan en riesgo la vida del paciente;
-
Se prestan en instalaciones apropiadas
y a los niveles apropiados de cuidado para el tratamiento de padecimientos
médicos de los pacientes;
-
Cumplen con las pautas y normas de
calidad de atención médica determinadas por organizaciones profesionales de
atención médica o por agencias del gobierno;
-
Son consistentes con el diagnóstico
del padecimiento; y
-
No interfieren o son mas restrictivos
que lo necesario para ofrecer un equilibrio de seguridad, efectividad y
eficacia;
-
No son
experimentales o investigativos; y no son principalmente para la
conveniencia del paciente o el proveedor medico; y
-
Los Servicios de Salud Mental que:
-
Sean razonables y necesarios para el
diagnóstico o tratamiento de problemas de salud mental o de una dependencia
química o para mejorar, mantener o prevenir el deterioro de alguna función
que resulta de este trastorno;
-
Se ofrecen conforme a las guías y
normas clínicas aceptadas por profesionales del cuidado de la salud del
comportamiento;
-
Sean proporcionados en el ambiente más
apropiado y menos restrictivo, en donde los servicios pueden ser prestados
en un ambiente seguro;
-
Sean ofrecidos al nivel más apropiado
y seguro posible;
-
No pueden ser omitidos sin afectar
adversamente la salud mental o física o la calidad de los cuidados de salud
ofrecidos.
-
No sean experimentales o
investigativos; y
-
No sean principalmente para la
conveniencia del paciente o el proveedor medico.
CHIP también cubre la atención médica de Emergencia. Los
términos “emergencia” y “condición de emergencia” significan una condición
médica severa de inicio reciente que incluyen entre otros, dolor fuerte, que
llevaría a una persona prudente, con más o menos conocimientos de medicina, a
creer que la condición, enfermedad o lesión es de tal naturaleza que el no
buscar atención médica inmediata podría resultar en:
-
Poner en gran
peligro la salud del niño;
-
Deterioro
serio de las funciones del cuerpo;
-
Seria
disfunción de algún órgano o parte del cuerpo;
-
Desfiguración
seria;
o
-
El caso de la
mujer embarazada, gran peligro para la salud del feto.
“Servicios de emergencia” y “atención
médica de emergencia” significan servicios del cuidado de la salud ofrecidos por
el departamento de emergencia de un hospital o institución similar que esté en
la red o fuera de la red de los servicios médicos; llevados a cabo por médicos,
proveedores o personal de la institución, que estén dentro o fuera de la red,
para hacer una evaluación y estabilizar la condición médica. Los servicios de
emergencia también incluyen, entre otros, toda prueba de detección o evaluación
exigida por la ley estatal o federal que sea necesaria para determinar si existe
una condición de emergencia.
Cada
familia tiene un límite en los co-pagos para recibir beneficios de CHIP durante
un periodo de seis meses, que es lo que dura cada periodo de inscripción. CHIP
notifica a las familias de los límites de co-pagos cuando se enrolan en el
programa. Cada familia es responsable en tener un record de cuanto a pagado y de
proporcionar prueba de esto a CHIP. CHIP les da a todas las familias una forma
que pueden utilizar para llevar el record de sus gastos.
Las
familias tienen la responsabilidad de notificar a CHIP cuando lo máximo de
co-pagos se haya pagado. Cuando CHIP se notifique de esto, nosotros (Mercy
Health Plans) le mandaremos una tarjeta de identificación “Member ID Card” para
cada uno de sus niños en su familia. La nueva tarjeta “ID” notificara a los
doctores y proveedores médicos que usted ya pago sus co-pagos por el resto de su
periodo de enrolamiento (inscripción en el plan).
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